CUANDO LOS EXPERIMENTOS NO SE HACEN CON GASEOSA










El pasado 20 de febrero, durante el Debate sobre el estado de la Nación celebrado en el Congreso de los Diputados, el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció un conjunto de medidas (http://www.elmundo.es/elmundo/2013/02/20/economia/1361363407.html) que tenían como fines principales el apoyo a los emprendedores (http://www.elmundo.es/elmundo/2013/02/20/economia/1361364686.html) y la creación de empleo (http://www.elmundo.es/elmundo/2013/02/20/economia/1361362648.html). En el Consejo de Ministros del 22 de febrero, se aprobó el Real Decreto-Ley 4/2013 (http://www.boe.es/boe/dias/2013/02/23/pdfs/BOE-A-2013-2030.pdf) que incluía la aprobación de parte de las medidas anunciadas. El resto de medidas de apoyo a la creación de empresas se plasmarán en un Proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y en otras disposiciones que se aprobarán durante las próximas semanas.

Podemos resumir el plan puesto en marcha en los siguientes puntos:



A.- MEDIDAS DE APOYO A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA

1.- Establecimiento de una tarifa plana de 50 euros en las cuotas de la Seguridad Social para emprendedores menores de 30 años (o menores de 35 en el caso de mujeres) que inicien su actividad. Dicha tarifa plana se aplicará durante los primeros 6 meses de desarrollo de la misma.

2.- Los desempleados menores de 30 años (menores de 35 en el caso de mujeres) podrán capitalizar el 100% de su prestación de desempleo para iniciar una actividad empresarial, estando la misma exenta en un 100% del pago por IRPF (hasta ahora, la exención alcanzaba sólo un máximo de 15.500 euros).

3.- Igualmente, los desempleados menores de 30 años podrían compatibilizar, durante nueve meses, el cobro de su prestación (en caso de que no hayan optado por la capitalización) con el desarrollo de la actividad empresarial iniciada.

4.- Se aprueban incentivos fiscales para entidades de nueva creación y para las personas físicas que inicien una actividad empresarial. Se reduce el Impuesto de Sociedades para las empresas de nueva creación, de forma que, para todas aquellas creadas a partir del 1 de enero de 2013, los dos primeros ejercicios que tengan bases imponibles positivas, el tipo impositivo será del 15% para los primeros 300.000 euros el 20% para el resto. Para los autónomos, en los dos primeros ejercicios de actividad se aplicará una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo declarado.

5.- Aunque aún no se ha aprobado, en el Debate indicado también se anunció que, a partir de enero de 2014 (se supone que la medida entrará en vigor junto a los Presupuestos Generales del Estado de dicho año), los autónomos y las PYMEs con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros no pagarán el IVA de las facturas hasta que las mismas hayan sido cobradas. (Este es un tema del que reiteradamente se habla y que no acaba nunca de decidirse su implantación).


B.- MEDIDAS DE APOYO A LA CREACIÓN DE EMPLEO

1.- Se establecen incentivos a la contratación por tiempo parcial con vinculación formativa, de forma que se aplicarán bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social para las empresas que contraten a trabajadores menores de 30 años sin experiencia laboral. La bonificación será del 100% para las empresas con menos de 250 trabajadores y del 75% para el resto y estará en vigor durante un máximo de 12 meses.. Dicho sistema de bonificaciones se mantendrá mientras la tasa de desempleo no baje del 15% (actualmente, es del 26%). Los trabajadores deberán compatibilizar el trabajo con la formación o justificar haberla cursado durante los seis meses anteriores a la celebración del contrato de trabajo.

2.- Se incentiva la contratación de trabajadores jóvenes por microempresas y empresarios autónomos. Si el empleador tiene una plantilla igual o inferior a 9 trabajadores y contrata a un desempleado menor de 30 años, al contrato se le aplicará una bonificación del 100% a las cuotas de la Seguridad Social durante el primer año de vigencia del mismo. 

3.- Se aprueba el denominado contrato primer empleo joven. Para incentivar la adquisición de una primera experiencia profesional, las empresas podrán celebrar contratos temporales con jóvenes desempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o si esta es inferior a 3 meses. La duración mínima del contrato será de 3 meses y la máxima de 6 meses (salvo que se establezca una duración superior por convenio colectivo sectorial, sin que en ningún caso la duración pueda ser superior a 12 meses). En caso de que estos contratos se conviertan en indefinidos, los empleadores tendrán derecho a una bonificación de 500 euros/año en las cuotas de la Seguridad Social (700 euros/año si se trata de mujeres) durante tres años, siempre que la jornada laboral pactada sea al menos el 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.

4.- Se establece el denominado contrato generaciones, de tal forma que para cualquier trabajador por cuenta propia menor de 30 años, que nunca haya contratado previamente a ningún trabajador y que contrate a un desempleado de 45 o más años, se le aplicará una bonificación del 100% en las cuotas de la Seguridad Social.

5.- Se crea un Portal Único de Empleo, de forma que haya una base de datos común de ofertas y demandas de empleo y de oportunidades de formación, y se establecen las condiciones para que los Servicios Públicos de Empleo puedan formalizar acuerdos que permitan la contratación de servicios para la intermediación laboral.


C.- MEDIDAS DE APOYO FINANCIERO

1.- Se han modificado el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/rd2486-1998.html) y el Reglamento de planes y fondos de pensiones (http://www.pensionesbbva.com/BBVAGESTION/fbin/2012-04-09LPFP_tcm263-250919.pdf) para que estos instrumentos financieros puedan invertir en títulos y derechos negociados en el Mercado Alternativo Bursátil.

2.- Se reforma la Ley de Sociedades de Capital para eliminar las restricciones actuales a las emisiones de títulos por parte de este tipo de empresas, de forma que las mismas no quedan limitadas al importe que resulta de la suma del capital y las reservas. Se impone como condición que las emisiones que puedan tener lugar como consecuencia de este cambio legislativo vayan destinadas exclusivamente a inversores institucionales, con el fin de proteger a los inversores minoristas.

3.- Se aprueba un nuevo Plan de Pagos a Proveedores. El mismo servirá para que los municipios y las comunidades autónomas terminen de pagar facturas pendientes anteriores al 1 de enero de 2012, ampliando el campo de aplicación a las entidades locales de País Vasco y Navarra y las mancomunidades de municipios.

4.- Se reforma la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de luchas contra la morosidad en las operaciones comerciales (http://www.boe.es/boe/dias/2004/12/30/pdfs/A42334-42338.pdf). Se fija un aplazamiento de pago de 30 días naturales desde la recepción de las mercancías o la prestación de los servicios, pudiéndose modificar dicho aplazamiento por acuerdo entre las partes, sin que en ningún caso pueda superar los 60 días naturales.

5.- No se incluyen en el decreto otras medidas anunciadas, que pretenden movilizar 45.000 millones de euros para financiación empresarial. 10.000 millones de euros provendrán de un plan de financiación para PYMEs que se diseñará mediante negociación con las entidades financieras (especialmente, con aquellas que han recibido ayudas del FROB). 22.000 millones de euros saldrán de las líneas ICO-Mediación. Mediante negociación con fondos de inversión y fondos de capital riesgo, el Gobierno pretende levantar otros 2.000 millones de euros y otros 3.000 se derivarán de una nueva línea ICO-Pagarés de Empresas.


En conjunto, pienso que, dada la gravedad de la situación, estas medidas pueden tener un efecto meramente paliativo y viene a ser como dar una aspirina a un enfermo de neumonía. Observemos, en primer lugar, que las medidas de fomento del empleo y de la actividad emprendedora se centran, básicamente, en el empleo juvenil. Es cierto que España tiene un problema estructural en dicho segmento del mercado de trabajo, pero el mismo ya existía antes de la crisis, de forma que el aumento del desempleo en los últimos años se debe, básicamente, a las subidas experimentadas en otros tramos de edad. En una entrada anterior, donde analizamos los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (http://eldedoeneldato.blogspot.com.es/2013/01/analisis-de-la-encuesta-de-poblacion.html), ya incluimos estos dos gráficos que resultan muy ilustrativos al respecto:





Fuente: INE


Resulta evidente que la caída de la ocupación y la subida de desempleados se producen, sobre todo, en el tramo de edad situado entre los 25 y 54 años. Por lo tanto, las medidas aprobadas pueden permitir maquillar un poco las cifras de paro juvenil pero no tendrán efectos visibles sobre las cifras globales de desempleo.

Es interesante la reducción de impuestos para empresas de nueva creación y autónomos que inician su actividad, pero parece obvio que, en este momento, la principal barrera que puede frenar el comienzo de nuevos proyectos no proviene del tipo impositivo sobre los beneficios sino que hay que encontrarla en las trabas burocráticas y administrativas y en la falta de financiación.

Las medidas aprobadas para atajar esta última cuestión también pecan de excesiva superficialidad. Es loable el nuevo Plan de Pago a Proveedores, pero el mismo sólo cubre las facturas impagadas anteriores a 1 de enero de 2012, cuando, en ese ejercicio, se han vuelto a acumular pagos sin realizar  por parte de ayuntamientos y comunidades autónomas (http://www.elconfidencial.com/economia/2012/07/30/madrid-acumula-ya-impagos-de-cinco-meses-con-sus-principales-contratas-102827/ y http://vozpopuli.com/empresas/17412-las-administraciones-ya-acumulan-facturas-por-mas-de-1-500-m-en-apenas-cinco-meses). El Mercado Alternativo Bursátil carece aún de la suficiente profundidad y volumen como para ser una opción de financiación que genere efectos apreciables en el conjunto de la economía española. Respecto a los 45.000 millones de euros de financiación que procura levantar el Gobierno, habrá que esperar a los detalles, aunque medidas similares en el pasado no han dado resultados especialmente vistosos.

Todo lo que no sea culminar, de una vez por todas, el saneamiento del sistema financiero (cuestión que sigue resolviéndose de forma exasperantemente lenta: http://www.vozpopuli.com/empresas/21888-el-bde-protege-de-la-sareb-a-bmn-caja-3-ceiss-y-liberbank-que-siguen-sin-firmar-su-entrada-al-banco-malo) y conseguir que las Administraciones Públicas cumplan puntualmente con sus obligaciones servirá sólo para edulcorar un poco la gravedad de nuestros problemas y embrollar aún más, por si no fuera ya suficientemente compleja, nuestra intrincada maraña legislativa. Aún así, habrá que alegrarse por los que consigan beneficiarse, de alguna forma, de las medidas aprobadas y logren, con ello, crear puestos de trabajo y relanzar, aunque sea tímidamente, la actividad económica.




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